ORGANIZACIÓN: JUNTA GENERAL

La Cofradía se organiza por secciones, y el gobierno de las mismas corresponde a la Junta General y a la Junta Directiva según establecen los estatutos vigentes. Dichos estatutos, aprobados en 1994, regulan todos los aspectos relacionados con la Cofradía y sus cofrades.
JUNTA GENERAL

La Junta General, es el órgano supremo de gobierno de la Cofradía. Se compone por todos los cofrades, reunidos en Capítulos Ordinarios o Extraordinarios, donde los hermanos numerarios (a partir de 18 años) además de derecho de asistencia, tienen derecho a voto.

La Junta General, se reúne en Capitulo Ordinario dos veces al año, y en Capitulo Extraordinario cuando así lo acuerde la Junta Directiva o cuando lo solicitan al menos 25 Hermanos Numerarios.

En general, es derecho de este órgano, conocer el desenvolvimiento espiritual y material de la Cofradía, pudiendo a tal fin solicitar de la Junta Directiva toda clase de datos y acordar cuantas actuaciones en tal sentido estime oportunas. Entre las competencias atribuidas que establecen los estatutos, está el nombrar, o en su caso destituir, a los miembros de la Junta Directiva, conocer y aprobar la gestión de la Junta Directiva, decidir en cuantos asuntos sean sometidos por la Junta Directiva, aprobar la memoria anual de las actividades realizadas, examinar y aprobar el estado de cuentas del ejercicio económico y el presupuesto, así como fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias.

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